Ahora, en carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos. Una medida que busca minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir la siniestralidad en carretera convencional.

Ahora, no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, te hará perder 4 puntos

Ahora, si conduces sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil puedes perder 6 puntos.

Ahora, arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos

Ahora, para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos.  Es una manera de proteger a este colectivo vulnerable.

Ahora, los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales. Recuerda que todos en algún momento somos peatones

         «Tras el acuerdo de retirada entre la Unión Europea y el Reino Unido, se habilita un período transitorio durante el cual se mantienen los derechos de los ciudadanos en cuanto al reconocimiento de los permisos de conducir entre ambas instituciones.

 

La Unión Europea ha negociado con Reino Unido un Acuerdo de Retirada que habilita un período transitorio durante el cual se mantienen los derechos de los ciudadanos conforme al acervo comunitario, acuerdo que ya ha sido aprobado tanto por las instituciones europeas como británicas.

Por lo tanto, la normativa europea sobre permisos de conducción continuará aplicándose a los permisos expedidos por el Reino Unido hasta el final del periodo transitorio, previsto para el 31 de diciembre de 2021. En consecuencia, los permisos de conducción, válidos y en vigor, expedidos por las autoridades británicas habilitarán a sus titulares a conducir en nuestro país hasta esa fecha.

A partir del 1 de enero de 2022, será de aplicación  la normativa general y los permisos expedidos por las autoridades británicas habilitarán para conducir en España durante seis meses, desde la entrada de su titular en España o desde la fecha de obtención de la residencia legal.

Para los titulares de un permiso de conducción británico que sean residentes en España a fecha 31 de diciembre de 2021, el plazo de seis meses empezará a contar a partir del 1 de enero de 2022.

¿Se reconocerán en Reino Unido los permisos de conducir españoles?

Según los términos del Acuerdo de Retirada, la normativa europea sobre permisos de conducir continuará aplicándose en el Reino Unido hasta el 31 de diciembre de 2021. Por lo tanto, es posible seguir conduciendo y canjear el permiso español hasta esa fecha.»

Los neumáticos de camiones son el único elemento del camión que está en contacto con el asfalto. Determina la seguridad de los usuarios, pero también de la carga que se transporta en el vehículo. ¿Qué factores influyen en el deterioro de los neumáticos? ¿Qué consejos debemos tener en cuenta para velar por el buen mantenimiento de los neumáticos?

El mantenimiento de camiones: factores que influyen en la vida de los neumáticos!!!!

Los neumáticos se componen de diferentes tipos de componentes y materiales, basados en el caucho, cuyas propiedades son vitales para un buen funcionamiento del neumático. No obstante, su durabilidad depende de estos factores:

– Condiciones del tiempo.– Condiciones de almacenamiento.

En primer lugar, te detallamos que los neumáticos deben estar correctamente inflados, siendo el factor más destacado para prolongar la vida de las ruedas.

Asimismo, cabe destacar la importancia de comprobar el desgaste o profundidad del neumático. Debemos cambiarlos cuando estén en mal estado. También es importante observar el estado de las válvulas, puesto que terminan deteriorándose.

 

La nieve, la suciedad o el hilo pueden hacer que el caucho se deteriore pronto. Por ello, la limpieza de los neumáticos debe ser continua. Por otro lado, la calidad del aire dentro de cada rueda puede tener efectos sobre la vida útil de la misma: los neumáticos deben funcionar con aire seco y limpio.

Por último, debemos apostar por una conducción que no sea agresiva: los frenados bruscos y los excesos de velocidad afectan al rendimiento del neumático.

Los neumáticos de camiones son vitales para una correcta circulación. Siguiendo estos consejos que te aportamos, no tendrás problemas con ellos.

 

Conocer la respuesta a esta pregunta nos permite descubrir qué factores condicionan la erosión y qué medidas podemos llevar a cabo para minimizar sus efectos. Nuestra conducción puede afectar a la forma en que se desgastan los neumáticos y es recomendable elegir un tipo de goma que se ajuste a nuestras necesidades diarias y recorridos habituales. Cuestiones como una presión inadecuada, sobrecargas en el maletero, impactos, la meteorología, frenazos bruscos o una conducción “a tirones” pueden condicionar y afectar negativamente al rendimiento y vida útil del neumático.

El desgaste en los neumáticos nos expone a un alto riesgo de sufrir accidentes relacionados con los pinchazos o el aquaplaning. Según la época del año, la erosión de la goma puede afectar de diferentes formas: en verano, por ejemplo, un neumático demasiado liso disminuye sus prestaciones sobre el suelo húmedo y puede provocar una pérdida de control del vehículo.

El truco de la moneda:

Un recurso más cómodo y rápido es utilizar una moneda para medir la profundidad y el desgaste de los neumáticos:

  • Para un neumático de verano, usa una moneda de 1 €: si las estrellas grabadas en el borde de la moneda son visibles, tienes que cambiar el neumático.
  • Para un neumático de invierno, coge una moneda de 2 €: si el borde externo plateado sobresale de la ranura, es que el neumático está desgastado.
  • Desgaste mayor por el centro de la banda de rodadura del neumático

    Esto suele indicar que se lleva habitualmente una presión de inflado superior a la recomendada, por lo que roza más el centro y por eso se desgasta más. La medida correctora es simple: inflar un poco menos los neumáticos, a la presión adecuada. También puede suceder en coches de alta cilindrada con mucha potencia, cuando se acostumbra a acelerar con mucha contundencia.

    Desgaste mayor por los dos laterales de la banda de rodadura del neumático

    Esto suele indicar que se lleva habitualmente una presión de inflado menor a la recomendada, por lo que el neumático se aplasta más y rozan más los laterales y por eso se desgastan. De nuevo la medida correctora es simple: hay que inflar un poco más los neumáticos y revisar la presión con más frecuencia. No olvidemos que una presión demasiado baja es menos seguro y además aumenta el consumo de carburante.

    Desgaste mayor por un solo lateral, el exterior, o el interior

    Esto suele indicar que la dirección está desalineada. Si se desgasta más por el interior hay un exceso de caída positiva o divergencia. Si se desgasta más por el exterior hay un exceso de caída negativa o convergencia. La medida correctora es ir al taller a alinear la dirección.

    Desgaste mayor por el lateral exterior en plano inclinado suave de la banda de rodadura, sin dirección desalineada

    Suele indicar que se pasa por curva a una velocidad alta. Como se produce más apoyo en el sentido centrífugo, o sea, hacia afuera de la curva, también se gasta un poco más el exterior del neumático del apoyo. La medida correctora es circular un poco más despacio en curvas, rotondas y giros.

    Desgaste en diagonal de la banda de rodadura del neumático (a 45 grados)

    Es poco habitual, y en caso de aparecer, se presenta en las ruedas izquierdas, y más cuando el coche es de tracción delantera. Suele ser debido a una carretera con demasiada pendiente de evacuación del agua hacia la cuneta que hace que el coche no pise en plano horizontal, o por tolerancias de ajuste del vehículo excesivas. La medida en este caso es pasarse por el taller.

    Desgaste en bandas transversales de la banda de rodadura del neumático

    Suele indicar que la rueda está mal equilibrada. La medida a tomar en este caso es ir al taller y re-equilibrarla.

    Desgaste irregular de la banda de rodadura del neumático

    Esto se puede explicar como desgaste en forma de manchas que aparecen sin orden por la banda de rodadura. Suele indicar amortiguadores en muy mal estado. La medida correctora es pasarse por el taller a poner amortiguadores nuevos.

    Desgaste plano y localizado de la banda de rodadura del neumático

    Esto se denomina coloquialmente como «hacer un plano», suele producirse al dar un frenazo muy brusco en el que se bloquean las ruedas y entonces deslizan sobre el asfalto. Si no es muy grave no tiene porqué hacerse nada, pero podría notarse cierta vibración en la dirección, y si es así, no queda otra más que cambiar el neumático por uno nuevo. Podría ser debido también, aunque es poco probable, a un fallo en los frenos. Se puede pasar por el taller a descartarlo.

    Desgaste en dientes de sierra de la banda de rodadura del neumático

    En condiciones normales esto se va a producir casi siempre, pero el efecto es muy sutil, y no revierte mayor problema. Suele darse más si se hacen largos viajes por autopista, con pocas curvas y velocidad constante. Si el efecto de diente de sierra o escalonado es muy grande (lo cual es muy poco habitual), hay que pasarse por el taller a investigarlo (podría haber problemas de geometría).

    En condiciones normales, y aunque el coche no presente ninguna anomalía, es difícil que se gasten todos los neumáticos por igual. Normalmente el neumático delantero izquierdo se desgasta un poco más, y los neumáticos del eje motriz se suelen desgastar un poco más que los neumáticos del eje libre.

 

 

«Segunda tanda de preguntas y respuestas sobre ERTEs:

Son ya innumerables las empresas que se han acogido a un ERTE – y como no el transporte de mercancías no ha sido ajeno a esta alternativa – que supone enviar a los trabajadores al paro mientras dure el impacto económico del coronavirus.

Pero ¿conocemos exactamente que supone esto para empresa y trabajadores? ¿Qué son exactamente los ERTEs?, ¿Cómo  funciona?, ¿A qué tiene derecho la empresa que se acoge al ERTE?; ¿y qué derechos tiene el trabajador que se ha visto incluido en un ERTE?

Puedes consultar más dudas:

Con las nuevas medidas laborales, ¿es cierto que no pueden realizarse despidos por causas objetivas? ¿Aunque el despido no tenga ninguna conexión con esta crisis del coronavirus?

Lo cierto es que va a resultar muy complicado llevar a cabo un despido por causas objetivas en los momentos actuales, ya que una nueva ley ha introducido una limitación a los despidos objetivos individuales o colectivos: la existencia de fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan los ERTES que pueden promoverse por el COVID-19, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.

Por tanto, o la empresa es capaz de justificar que el despido objetivo se basa en causas ajenas a la pandemia, o no podrá ser declarado procedente, en caso de impugnación.

¿Podemos entender cumplido el trámite del periodo de consultas en los ERTE por causas objetivas, si la representación legal de los trabajadores y la empresa acuerdan la concentración del mismo en un día, dando por válidas las causas alegadas por la empresa y llegando a un acuerdo sobre las medidas que se adoptarán en la empresa?

En la forma de tramitación de estos ERTE se ha reducido el período de consultas, estableciéndose una duración máxima de 7 días y un mínimo de dos reuniones, “salvo pacto en contrario”. Por ello, sí se puede llegar a acuerdo en una sola reunión, y así finalizar el periodo de consultas.

¿Se puede acordar la supresión del período de consultas de mutuo acuerdo en un ERTE productivo?

No, no se puede suprimir el periodo de consultas. Lo que ocurre es que, si las partes llegan a un acuerdo, podrían mantener una única reunión y dar por finalizado el trámite.

¿Se devengan pagas extras durante el ERTE?

Mientras dura el ERTE de suspensión no se devengan pagas extraordinarias. Por tanto, cuando éstas se cobren se reducirán proporcionalmente.

En un ERTE de reducción de jornada las pagas extras sí se siguen devengando, pero de forma proporcional a la jornada que se está realizando. Por ello, en el momento del abono de las pagas, se notará una reducción de su importe.

¿En los ERTE debe de pagar la empresa alguna indemnización?

No. En ningún caso, porque la relación laboral sigue vive, está suspendida pero no extinguida. Por ello, a la finalización del ERTE los trabajadores tienen que reincorporarse a sus puestos de trabajo.

¿En los ERTES de fuerza mayor, si la autoridad laboral no contesta en plazo el ERTE está autorizado? ¿Y en los objetivos?

En los ERTES por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción) la autoridad laboral no tiene que autorizar el expediente; una vez que se realizan todos los trámites, se comunica a la autoridad laboral y ya se pueden gestionar las prestaciones por desempleo de los trabajadores.

Los ERTES por fuerza mayor sí deben contar con el visto bueno de la autoridad laboral, que puede ser expreso o, como Ud. dice, tácito. Si no resuelve en el plazo de cinco días hábiles, se ha de entender estimado por silencio administrativo. Existen algunos supuestos en los que, legalmente, el plazo de cinco días puede prolongarse hasta diez días, como ha ocurrido, por ejemplo, en Galicia.

¿Uno de mis trabajadores me dice que no quiere cogerse el permiso retribuido recuperable? ¿Le puedo obligar?

Si el trabajador en cuestión no se encuentra entre los excluidos del ámbito de aplicación de la norma, el permiso es obligatorio, por lo que sí, tiene que obligarle a cogérselo, pues de lo contrario la empresa podría resultar sancionada.

En mi empresa están haciendo un ERTE y me han dicho que no tengo que ir al paro a pedirlo, que es automático. ¿Es verdad?

No es que sea automático, sino que le corresponde a la empresa gestionar de forma colectiva las prestaciones por desempleo de todos los trabajadores afectados por los ERTES. Pero, en todo caso, no tiene que hacer nada, ya lo hace la empresa por Ud.

Me he visto afectado por un ERTE ¿Cuánto tiempo puede llegar a durar?

Si el ERTE ha sido tramitado por fuerza mayor como consecuencia del coronavirus, su duración máxima será la del estado de alarma decretado por el Gobierno y sus prórrogas.

Si no se ha basado en causa de fuerza mayor sino en causas objetivas, la norma prevé que su duración se adecuará a la situación coyuntural que se pretende superar, esto es, mientras se prevea que van a mantenerse las circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen.

¿Se devengan vacaciones durante el ERTE?

Durante la vigencia de un ERTE de suspensión de contratos no se devengan vacaciones. Por tanto, las vacaciones anuales se verán reducidas proporcionalmente en función de los días de suspensión.

En un ERTE de reducción de jornada se siguen devengando vacaciones. Eso sí, cuando éstas se disfruten, se deberán retribuir en proporción a la jornada trabajada durante el año, por lo que, salvo pacto, los días de vacaciones devengados durante el ERTE de reducción de jornada se han de abonar con el salario correspondiente a la jornada de trabajo realizada.

Tengo un contrato eventual y me han comunicado que mi empresa ha solicitado un ERTE de suspensión contractual. ¿En qué situación me quedo?

Eso depende de si se va a ver afectado por el ERTE o no. Si no le incluyen en el ERTE no ha cambiado nada para Ud., por lo que, cuando finalice la duración prevista de su contrato, la empresa puede darlo por extinguido, si no opta por prorrogarlo -en caso de que se pueda- o por hacerle indefinido.

Si, por el contrario, le incluyen en el ERTE, dicha circunstancia supone la interrupción de la duración de su contrato. Durante la vigencia del ERTE su contrato queda suspendido y no se puede dar por finalizado, sin que compute el tiempo que dure el ERTE a efectos de la duración prevista de su contrato. Cuando se termine el ERTE, a su contrato le restará el tiempo que quedaba antes del comienzo de los efectos del ERTE.

¿El permiso retribuido recuperable es de aplicación al transporte?

Lo cierto es que la norma que ha regulado el permiso retribuido recuperable es bastante confusa y, en nuestra opinión, parece que incurre en contradicciones.

En principio, creemos que se puede afirmar que los servicios de transporte se van a considerar como esenciales, y, por tanto, que no están afectados por esta normativa todos los trabajadores que se consideren necesarios para que los servicios puedan realizarse (por ejemplo, quizás sí quedan afectados los trabajadores del departamento comercial, ya que ahora no resultan imprescindibles). Para estos trabajadores, el permiso retribuido recuperable es obligatorio, no es algo que se pueda negociar entre empresa y trabajador. Aunque esto no impide que pueda la empresa tramitar un ERTE si lo considera necesario.

Desde que comenzó el estado de alarma estoy teletrabajando, pero ahora mi empresa me ha dicho que quiere que me coja el permiso retribuido recuperable. ¿Tengo que hacerlo?

La norma que regula el permiso retribuido recuperable excluye expresamente de su ámbito de aplicación a los trabajadores que puedan seguir desempeñando su actividad con normalidad mediante teletrabajo. En consecuencia, parece que si el empresario quiere obligarle a coger el citado permiso debería poder justificar que, por las razones de que se trate, no puede seguir trabajando desde su casa.

Tengo entendido que a las empresas de transporte no nos es de aplicación lo del permiso retribuido recuperable, pero aun así querría implantarlo en mi empresa a algunos trabajadores porque me ha bajado mucho el trabajo. ¿Puedo hacerlo?

A los trabajadores de la empresa de transporte cuyo trabajo no resulte imprescindible para que puedan realizarse los servicios, sí les sería de aplicación la normativa sobre el permiso retribuido recuperable, por lo que, salvo que puedan continuar su trabajo mediante teletrabajo, deberían pasar a esa situación.

Para el resto de trabajadores que, como decimos, quedarían fuera del ámbito de aplicación de esta medida, no se les podría obligar a cogerse el citado permiso, pero son muchas las empresas que lo están implantando mediante acuerdo, cosa perfectamente válida.

En todo caso, si le ha bajado mucho el trabajado podría igualmente tramitar un ERTE que resultaría de aplicación a los trabajadores que Ud. considere necesario.

Si me estiman un ERTE por fuerza mayor por silencio administrativo, ¿puede luego la administración revisarlo?

Sí, perfectamente. De hecho, se ha previsto expresamente que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede sancionar a las empresas que presenten solicitudes de ERTE que contengan falsedades o incorrecciones en los datos, así como cuando se pueda entender que no resultaba necesario solicitarlo. Cuando, por esta causa, se hayan generado prestaciones por desempleo indebidas, sin perjuicio de las sanciones que correspondan, la empresa deberá ingresar al SEPE las cantidades que este hubiera abonado a los trabajadores.

¿No hay que cotizar a la Seguridad Social si me aprueban un ERTE como consecuencia del Covid19?

La exoneración de cotizaciones solo resulta de aplicación en los ERTES por fuerza mayor. Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores la exoneración alcanza el 100% de las cuotas a cargo de la empresa, y si la empresa tiene 50 o más trabajadores la exoneración alcanza el 75% de las cuotas.

Los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que se han producido por el coronavirus afectan a cientos de miles de empresas y trabajadores del sector de transporte de mercancías

¿En qué consiste exactamente el «permiso retribuido recuperable»? ¿No es más que un pacto de distribución irregular de la jornada?

Lo cierto es que sí, podría entenderse como una manifestación ‘sui generis’ del acuerdo de distribución irregular de la jornada.

Esta nueva figura es de aplicación obligatoria para todos los trabajadores afectados por la paralización de la actividad que no se consideren trabajadores esenciales. La empresa continúa abonando los salarios del trabajador por todos los conceptos retributivos, aunque éste cesa en su actividad. Las jornadas no trabajadas se recuperarán por el trabajador “de forma paulatina y espaciada en el tiempo”, existiendo de plazo desde la finalización del estado de alarma hasta el 31 de diciembre de 2020.

La recuperación de las horas no trabajadas deberá negociarse en un periodo de consultas abierto al efecto entre la empresa y la representación legal de los trabajadores, que tendrá una duración máxima de siete días.

En mi empresa no hay representación legal de los trabajadores, ¿con quién tengo que negociar la forma de recuperar las horas no trabajadas por causa del permiso retribuido recuperable?

En el supuesto de que no exista representación legal de los trabajadores, se habrá de negociar con los sindicatos más representativos y representativos del sector al que pertenezca la empresa y con legitimación para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación. La comisión estará conformada por una persona por cada uno de los sindicatos que cumplan dichos requisitos, tomándose las decisiones por las mayorías representativas correspondientes.

En todo caso, si finalmente no se puede conformar esta comisión, la ley prevé que habrá de negociarse con tres trabajadores de la propia empresa.

En cualquiera de los supuestos anteriores, la comisión representativa deberá estar constituida en el improrrogable plazo de cinco días.

¿Cómo afecta el permiso retribuido recuperable en el caso de trabajadores incluidos en un ERTE?»

A los trabajadores que ya tuviesen su contrato suspendido por un ERTE de suspensión no les afecta esta nueva figura. Pero aquellos que estaban afectados por un ERTE de reducción de jornada, se les aplicará el permiso retribuido sobre el tiempo que aún continuaban trabajando y, lógicamente, solo tendrán que recuperar las horas que van a dejar de trabajar como consecuencia de esto último.

El transporte es un sector productivo que se encuentra regulado por una serie de normativas claramente estipuladas en el marco legal vigente de cada país o región, dichas reglas tienen como propósito garantizar que la actividad se desarrolle de una forma ordenada y respetuosa sin ocasionar inconvenientes, molestias o agresiones hacia otras personas o áreas productivas que cohabiten con el transporte. Generalmente, estas regulaciones están siendo modificadas, ampliadas o renovadas a fin de adaptarse a los cambios y necesidades sociales, económicas y ambientales del entorno.

Para cada transportista es fundamental mantenerse al tanto de las leyes vigentes que rigen el sector y cuidarse de cumplir cabalmente con los requerimientos y pautas establecidos para la ejecución de sus actividades cotidianas. Una máxima legal muy conocida afirma que: “el desconocimiento de la ley no exime su cumplimiento”, y si bien es cierto que las instituciones que dirigen el sector transporte tienen el deber de difundir cada nueva normativa aprobada, también es una realidad que los transportistas deben estar atentos a las novedades en las reglas de la actividad. Recientemente se dio a conocer a través del Diario Oficial de la Unión Europea una serie de infracciones consideradas graves en el sector transporte, que buscan complementar el reglamento europeo vigente para esta actividad. En función de esta publicación, las leyes españolas realizarán las adecuaciones necesarias para incluir estas infracciones dentro de su normativa, se espera que mediante Real Decreto aprobado durante este año 2016, pueda entrar en rigor a partir de enero de 2017.

En todo caso, se conoce que estas nuevas infracciones se refieren especialmente a los siguientes tópicos: períodos de conducción y descanso, tiempos de trabajo, inspección técnica de los vehículos, aparato tacógrafo y limitador de velocidad, transporte de mercancías peligrosas y acceso al mercado de transportes. Asimismo, las infracciones han sido clasificadas en tres diferentes categorías que incluyen: Las infracciones más graves (LIMG), Infracción Muy Grave (IMG), e Infracción Grave (IG). A continuación se mencionan algunas infracciones puntuales señaladas entre las más graves:

Tiempos de conducción y Pausas

Superación tiempo diario de conducción de 9 ó 10 h en un 50 % o más sin pausa ni descanso de 4,5 horas como mínimo.
Superación del tiempo semanal de conducción en un 25 % o más.
Superación del tiempo de conducción total máximo durante 2 semanas consecutivas en un 25 % o más.
Superación del período de conducción ininterrumpida de 4,5 horas antes de hacer una pausa.

Instalación y uso del tacógrafo

No instalación ni uso de un tacógrafo homologado (autorizados por las autoridades competentes).
Conducción con una tarjeta de conductor falsificada.
Conducción con una tarjeta de la que el conductor no es titular.
Conducción con una tarjeta obtenida sobre la base de declaraciones falsas o documentos falsificados.
Falsificación, disimulación, eliminación o destrucción de los datos contenidos en las hojas de registro o almacenados y transferidos del tacógrafo o de la tarjeta de conductor.
Utilización de un dispositivo fraudulento que puede modificar los registros del tacógrafo.

Pesos

Superación del peso máximo admisible de los vehículos N2 (de 3,5 a 12 toneladas) y N3 (vehículos de más de 12 toneladas).

Inspección técnica

Conducción sin una prueba válida de haber superado la inspección técnica, con arreglo a la normativa de la UE.
No mantener un vehículo en condiciones seguras para circular, lo que provoca deficiencias muy graves en el dispositivo de frenado, el sistema de dirección, las ruedas y neumáticos, la suspensión o el chasis o en otros equipos que crearían un riesgo inmediato tal para la seguridad vial que motivaría una decisión de inmovilizar el vehículo.

Dispositivos de limitación de velocidad

Dispositivo de limitación de velocidad no instalado.
Dispositivo de limitación de velocidad no instalado por un taller autorizado.

Cualificación inicial y formación continua de conductores

Transporte de mercancías o pasajeros sin la cualificación inicial y/o la formación continua obligatorias.
El conductor no puede presentar la tarjeta de cualificación válida o el permiso de conducción.

Requisitos del permiso de conducción

Transporte de pasajeros o mercancías sin estar en posesión de un permiso de conducción válido.

Transporte de mercancías peligrosas por carretera)

Transporte de mercancías peligrosas cuyo transporte está prohibido carente de aprobación, de forma que supongan un peligro para la vida o para el medio ambiente en grado tal que motive una decisión de inmovilizar el vehículo.
Fuga de sustancias peligrosas.

Licencia comunitaria

Transporte de mercancías sin estar en posesión de una licencia comunitaria válida (por ejemplo, licencia inexistente, falsificada, retirada, caducada, etc.).

Certificado de conductor

Transporte de mercancías sin estar en posesión de un certificado de conductor válido (por ejemplo, certificado de conductor inexistente, falsificado, retirado, caducado, etc.)

Acceso al mercado de los servicios de autocares y autobuses

Transporte de pasajeros sin estar en posesión de una licencia comunitaria válida (por ejemplo, licencia inexistente, falsificada, retirada, caducada, etc.)

síntesis éstas son solo algunas de las infracciones más graves, las cuales se acompañan de otras también inherentes a estos aspectos que son clasificadas como muy graves o graves. Cabe destacar, que se ha establecido una frecuencia máxima de infracciones según la cual tres (03) Infracciones Graves (IG) por conductor, por año equivalen a una (01) Infracción Muy Grave (IMG); y una vez acumuladas tres (03) IMG serán suficientes para un procedimiento legal sobre el requisito de honorabilidad.

De esta forma este procedimiento puede conllevar a la perdida de la honorabilidad y con ello la prohibición de poder seguir ejerciendo en el sector transporte. Es importante señalar que aunque para algunos transportistas resulte molesto o engorroso ajustarse al cumplimiento de las normas establecidas, éstas buscan sobretodo armonizar el desarrollo de la actividad, evitando que se incurra en situaciones que puedan poner en riesgo la vida de las personas, provocar accidentes, deteriorar la calidad de vida de los trabajadores del transporte o incluso afectar el comercio honesto y perjudicar las acciones productivas de industrias y empresas en la región.

La Dirección General de Tráfico tiene intención de comunicar la pérdida de  puntos de los conductores profesionales al Ministerio de Fomento, para que éste, a su vez, pueda poner a disposición de las empresas dicha información, “algo que debe contribuir a mejorar la información, la seguridad y el servicio que las empresas muestran en su trabajo diario”, tal y como informan desde Fetransa tras haber mantenido un encuentro con la DGT en torno a la inminente modificación de la Ley de Seguridad Vial.

Por su parte, desde la citada organización de transportistas han hecho llegar a Tráfico la conveniencia de incorporar la recuperación de puntos perdidos por exceso de velocidad, distracciones al volante , consumo de drogas y alcohol o la manipulación del teléfono móvil en los cursos CAP que se desarrollan en la actualidad, así como el mantenimiento del horario en fin de semana para estos cursos y la reserva del 20% de las plazas de cada curso para conductores profesionales.

Tampoco quedó fuera de la reunión la necesidad de flexibilizar las medidas a adoptar en relación con los desvíos obligatorios de camiones, insistiendo en  que, a entender de Fetransa, la incorporación de nuevo a la autopista debe realizarse en la siguiente entrada existente en el sentido de la marcha.

En otro orden de cosas, la DGT trasladó a los asistentes los pormenores de la medida que pretende reducir a los 18 años la edad mínima para la obtención del  carnet de conducir para vehículos pesados y el CAP, “una medida que sobre el papel debe contribuir a paliar la falta de conductores profesionales”, apuntan desde Fetransa, que no dejó se mostrar su escepticismo ante lo que puede suponer la incorporación al mercado de mano de obra “con baja preparación y con escaso criterio vocacional”.

Por último, la reunión del Comité Nacional y la DGT permitió conocer el punto en que se encuentra la orden que regula la estiba de la carga. En este sentido, la DGT, ante la dificultad de aplicar la medida, señaló el estado en que se encontraba la formación en esta materia así como el nivel de desarrollo de las fichas de la estiba, documento necesario para determinar la responsabilidad en caso de sanción, informan desde Fetransa.

En junio, se han matriculado 21.171 vehículos comerciales ligeros. Esta cifra supone un incremento de las entregas del 11,3% en comparación con el mismo mes del pasado año. El semestre cierra con una cifra similar de incremento, un 11,6% de alza en las comercializaciones, hasta las 113.419 unidades entregadas. En los seis primeros meses del año, las furgonetas lideran el mercado por volumen de matriculaciones, con un total de 62.859 unidades vendidas, lo que supone un crecimiento del 8,6% frente al mismo periodo de 2017.

El canal de empresas aumentó su peso en el mercado total en el mes de junio, recogiendo el 54,5% de todas las entregas, hasta las 11.543 unidades

Por otro lado, en junio, se han comercializado 11.234 unidades, un 7,1% más. Los vehículos pick-up registran, sin embargo, la mayor tasa de crecimiento, con un 46,8% alcanzado en los seis primeros meses del año y 5.352 unidades entregadas. Consiguen un incremento del 46,3% también en el mes de junio, con 986 comercializaciones.

Ventas por canales

El canal de empresas aumentó su peso en el mercado total en el mes de junio, recogiendo el 54,5% de todas las entregas, hasta las 11.543 unidades. Registró un crecimiento del 18,2% respecto del mismo mes de 2017. En el primer semestre del año, se han vendido 60.976 unidades para el canal de empresas, con una subida del 15% en comparación con los seis primeros meses de 2017.

En cuanto al canal de autónomos, con 6.140 unidades entregadas, cae en el mes de junio un 1,7% respecto del mismo mes del año anterior. En el acumulado del año, sin embargo, logra un 7,8% de subida, hasta las 32.375 unidades.

El canal de alquiladores, por su parte, registra un crecimiento del 16%, hasta las 3.488 unidades vendidas. En el primer semestre, se han comercializado 17.285 vehículos para este canal, un 7,8% más. Representan el 15,8% del mercado total.

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Greencities, Foro de Inteligencia y Sostenibilidad Urbana, ha sido el espacio elegido por la empresa Urbaser para presentar el primer camión de gran tonelaje para la recogida de residuos 100% eléctrico del mundo. Este vehículo supone un ahorro en emisiones de CO2 equiparables a las que producen 272 pasajeros en el trayecto en avión entre Málaga y Nueva York. Greencities se celebra los días 25 y 26 de abril en el Palacio de Ferias y Congresos de Málaga (Fycma).La empresa Urbaser ha elegido el noveno Foro Greencities para presentar el primer camión del mundo 100% eléctrico de recogida automatizada de residuos urbanos de gran tonelaje (27 toneladas). El nuevo vehículo, llamado Urbaeletric, actualmente en fase de pruebas, eliminará las emisiones contaminantes de CO2 y de partículas y reduce el impacto sonoro. El modelo Urbaelectric ofrece exactamente las mismas prestaciones que los habituales camiones de gran tonelaje que hacen la recogida de residuos de los contenedores urbanos pero con cero emisiones, lo que supone un ahorro anual de 96 toneladas de CO2, equiparable a las que producen 272 pasajeros en un trayecto transoceánico en avión o a las emisiones anuales que generan 82 hogares.

La empresa de servicios ambientales Urbaser utiliza vehículos eléctricos de gran tonelaje desde el año 2000, pero hasta ahora las prestaciones de servicio eran limitadas. Con Urbaelectric, el vehículo que la empresa presenta en Greencities, el tiempo de carga se reduce a cinco horas, lo que le permite realizar un servicio completo de ocho horas recogiendo entre 200 y 250 contenedores y recorrer entre 100 y 130 Km. Además de la gestión de residuos urbanos, la compañía opera en los sectores de la limpieza viaria, tratamiento de residuos sólidos urbanos, tratamiento de residuos industriales, gestión integral de ciclo del agua, así como de zonas verdes en 21 países de todo el mundo.

Foro Greencities es el principal evento de las ciudades inteligentes españolas, un foro profesional que ha crecido año tras año en base a tres premisas; foro de debate y conocimiento entre ciudades, empresas y profesionales; generación de networking y oportunidades de negocio, y muestra de soluciones avanzadas para la gestión integral de los territorios de manera eficiente e inteligente.